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Joan Ramos Toledano

Derechos de autor en Internet: un debate complejo

El 13 de mayo, los periódicos se hacían eco de una noticia con cierta relevancia: el gobierno francés quería liquidar definitivamente la Ley 2009-669, de 12 de junio, también conocida como ley HADOPI. Ésta había convertido a Francia en uno de los estados más restrictivos en lo que a descargas de contenidos de internet sujetos a derechos de autor se refiere, permitiendo el corte de conexión a internet a los usuarios y multas de hasta 1.500€. En la intensa lucha de EE.UU. contra la “piratería”, Francia había sido un alumno aventajado, aunque por poco tiempo y con escasos resultados (al final, parece ser que sólo se había hecho efectivo este corte de conexión en tres ocasiones, y la más grave de las multas fue de 150€).

Pero al anunciar el fin de HADOPI, el gobierno francés da un importante paso atrás que seguramente es aplaudido por muchos, sin ir más lejos por el creador de la World Wide Web, Tim Berners-Lee. No es para menos, ya que la ley francesa cumplía, al menos formalmente, con lo que el gobierno y la industria estadounidense esperaban del país galo. A diferencia, dicho sea de paso, de España, que está cerca de volver a entrar en la famosa “lista 301”, de países que incumplen las normas de protección de derechos de autor (las americanas, obviamente).

Esta amalgama de normas, tecnología y acusaciones entre todos los implicados se reduce a menudo a una cuestión de cumplimiento de las leyes, y los acérrimos defensores de las normas de derechos de autor sostienen que, efectivamente, en internet éstas se infringen continuamente. Creo por ello que es conveniente aclarar algunos puntos para evitar simplificar el debate hasta convertirlo en una cuestión jurídica sobre si el caso concreto puede subsumirse a una norma legal.

En primer lugar, estamos no sólo ante una batalla jurídica, sino también conceptual. Llamar a quienes descargan archivos protegidos por derechos de autor piratas informáticos, hackers o directamente ladrones es cuando menos un despropósito. Los dos primeros conceptos son, según la RAE, lo mismo, ya que el primero sería la traducción recomendada del vocablo inglés hacker. Y en su definición no se hace mención alguna a la propiedad intelectual. Por otra parte, un ladrón es alguien que roba o hurta y, por lo tanto, está cometiendo un delito. Aclarar esto puede parecer banal, pero es importante tener presente la diferencia, porque una persona que comparte archivos sin ánimo de lucro –por más que esto suponga una infracción de las normas de protección de derechos de autor– mediante una red como el p2p está cometiendo, en el peor de los casos, una infracción de carácter civil. Las reclamaciones al respecto deben provenir por tanto de la parte afectada, no del Estado, y el derecho penal debe seguir siendo aplicado según los principios de ultima ratio e intervención mínima.

En segundo lugar, debe destacarse la actitud absolutamente pasiva hacia la importante presión que ejerce EE.UU. para que algunos estados adopten legislaciones más restrictivas sobre esta materia. La situación llega al punto algo cómico de la amenaza directa: si no legislas de tal forma, entras en una lista de países que incumplen las normas. ¿Qué normas? Las estadounidenses, aunque no siempre, porque en muchos casos lo que se protege son intereses económicos de empresas de ese país, los cuales no están necesariamente regulados legalmente. Esta actitud es en definitiva una faceta más del carácter imperialista de EE.UU., aunque curiosamente muy pocos medios se hacen eco de la verdadera influencia de esta presión. Creo que es razonable cuestionar la autoridad de un estado como EE.UU. –o cualquier otro, en realidad– para decidir cómo debe ser la legislación de otros países. Por si fuera poco, existen organizaciones internacionales y foros representativos de los estados en los que se puede debatir sobre el tema y adoptar ciertas resoluciones que, aunque no vinculantes, gozarían de cierto grado de legitimidad. El problema es que EE.UU. quiere un internet a su imagen y semejanza.

Esto nos lleva a un tercer aspecto importante, internet. Esta tecnología fue desarrollada entre finales de los 60 y los años 90 en distintos puntos del mundo, aunque los mayores avances se produjeron en Estados Unidos. La historia es larga y compleja, pero hay ciertos aspectos que conviene destacar. Internet, contrariamente a lo que se cree, no puede describirse como una tecnología desarrollada sólo por el estamento militar estadounidense. Es cierto que la primera idea parte de éste, y que la financiación tuvo su origen durante muchos años en el DoD (Department of Defense) [1]. Pero desde sus inicios, la interconexión de ordenadores tuvo un carácter claramente académico y de investigación, enlazando diversas universidades de todo el territorio a medida que se iba desarrollando. Resulta esclarecedor que a diversos organismos militares les resultara incómoda tanta apertura, ya que consideraban que más que un invento militar se estaba investigando sobre computación y redes (que era, en realidad, lo que ocurrió). Tanto ARPANET como NSFNET, el núcleo de lo que hoy entendemos como internet, trabajaron con estas universidades de forma considerablemente cooperativa y horizontal, e incluso el protocolo de conexión utilizado hoy universalmente (TCP/IP) [2] respondía a estas características.

Pero a finales de los años 80, con un internet ya considerablemente desarrollado y extendido (aunque todavía no se permitía ninguna acción comercial en la red), EE.UU. decidió privatizar lo que se conoce como backbone de internet, su columna vertebral. Las empresas de telefonía se hicieron cargo de la gestión de su gestión y empezaron a ofrecerlo como servicio. En 1992, fue publicado el software World Wide Web, convirtiéndose internet en algo muy similar a lo que conocemos hoy.

Este proceso ha dejado en manos de empresas privadas la gestión de todo el cableado que permite a los usuarios conectarse a internet. La libertad de acceso a internet, reconocida por el Conseil d’État francés, resulta poco más que papel mojado debido a esta privatización. ¿Quién garantiza que uno de los grandes proveedores de servicios mundiales no decida dejar de prestar el servicio?

Volviendo al ámbito de los derechos de autor, ciertos acontecimientos llevan a cuestionar el discurso simplista sobre un internet horizontal, anónimo y libre en el que los usuarios aprovechan para cometer actos ilícitos descargando material protegido. Sirva de ejemplo lo que le ocurrió al escritor Cory Doctorow, que publicó un libro llamado Homeland [3] bajo licencia Creative Commons. El nombre es el mismo que el de una popular serie televisiva propiedad de la cadena Fox. Ésta exigió a Google que borrara de sus resultados de búsqueda las referencias no sólo a webs que permitían descargar la serie, sino también las referencias al libro de Doctorow. Es más, la editorial del libro (que estaba publicado y se distribuía libremente por internet), exigió también a Google que eliminara de sus búsquedas los resultados referentes a otro libro de Doctorow, The Rapture of the Nerds: A tale of the singularity, posthumanity, and awkward social situations, que como vemos no hace referencia alguna al Homeland de la Fox. La editorial afirmó que se trataba de un error, pero el libro estuvo un par de meses sin aparecer en Google.

Esta connivencia entre multinacionales como Google o Fox pone de manifiesto que las relaciones de poder en internet son muy parecidas a las que se dan fuera de él, y que difícilmente podemos describir la Red como igual, horizontal y democrática. Google, el buscador más utilizado del mundo, puede filtrar sus búsquedas de forma que encontremos en primer lugar lo que la empresa prefiera. Es más, con la entrada de Google en el mercado de los ISPs, ¿qué garantía puede tener un usuario de que no se le va a cortar la conexión a internet si hace algo que molesta a una de las empresas con las que Google tiene acuerdos?

Finalmente, un par de hechos ponen de relieve la importancia del discurso esgrimido y su contraste con los datos reales. El primero, una encuesta de la American Assembly, centro de investigación de la Universidad de Columbia, afirma que los internautas que usan p2p para compartir archivos son también los que más productos audiovisuales compran. Esto puede parecer ilógico, pero lo cierto es que poder acceder a tantos bienes culturales a través de internet permite a los usuarios decidir qué prefieren comprar minimizando el riesgo.

El segundo, el hecho de que Neflix haya descartado de momento entrar en el mercado español. Netflix es una empresa estadounidense que viene a ser como un videoclub online. El usuario paga una cuota mensual y a cambio tiene acceso ilimitado a todo el repertorio de películas y series que ofrece la empresa. Al reproducirse por streaming (vía internet), puede utilizarse tanto en una televisión como en un móvil, ordenador o cualquier otro dispositivo con conexión a la Red. Netflix ha ido retrasando su entrada en España no por el miedo a las descargas ilegales, sino porque afirma que en nuestro país existe un monopolio audiovisual que frena considerablemente este tipo de iniciativas, además de que los derechos de autor para las películas en España cuestan el doble o el triple que en países como Alemania.

Este breve análisis permite mostrar que la problemática de los derechos de autor en internet va mucho más allá del incumplimiento de normas concretas. Existe un debate profundo sobre cómo debe ser internet, y la propiedad intelectual no es más que una excusa, un arma arrojadiza para justificar cambios más profundos que pongan límites a una tecnología con un gran potencial para la colaboración entre usuarios. Existen alternativas, como demuestran las licencias Creative Commons, el software libre o las iniciativas como Netflix o Spotify. Pero para entablar un debate productivo es necesario deshacerse de ciertas ideas que, aunque claramente rebatibles, han calado en parte de la opinión pública.

Notas:

[1] La financiación, por tanto, era pública. Internet se desarrolló gracias a los impuestos de millones de ciudadanos, entre ellos muchos estadounidenses.

[2] Simplificando mucho, puede decirse que este protocolo deja en manos de los usuarios la responsabilidad de los paquetes que se envían a través de la red, alejando ese control de quien controla el cableado (ISPs).

[3] Según el diccionario Oxford, la palabra homeland significa «la tierra nativa de una persona o grupo de personas», y puede traducirse como ‘patria’. De hecho, homeland es una palabra relativamente común en inglés, como sugiere su inclusión en el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (United States Department of Homeland Security).

5 /

2013

Mas no por ello ignoramos
que también el odio contra la vileza
desencaja al rostro,
que también la cólera contra la injusticia
enronquece la voz. Sí, nosotros,
que queríamos preparar el terreno a la amistad
no pudimos ser amistosos.

Bertolt Brecht
An die Nachgeborenen («A los por nacer»), 1939

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